[22-06-16] El diputado Jorge Monge (Cambiemos-Diamante) presentó un proyecto de ley para modificar el artículo 6º de la ley Nº5508 de Seguro de Vida solidario, en su segundo párrafo. La iniciativa promueve introducir la obligación de la administración pública “de notificar al o a los beneficiarios instituidos en sus respectivos domicilios como una manera de evitar la falta de percepción, en algunos casos, por falta de conocimiento del carácter de beneficiario del seguro, extremo que se da generalmente cuando al darse la institución, el beneficiario es una persona de escasa edad”, explicó Monge.

De esta forma, de avanzar la iniciativa, tendría la siguiente redacción: “El seguro se pagará, previa notificación en los respectivos domicilios, al beneficiario o beneficiarios instituidos. A falta de beneficiario o beneficiarios instituidos o por ausencia de éstos, a quien corresponda según las disposiciones del Código Civil y Comercial.”

La ley 5508 fue sancionada en 1974, dispone el texto ordenado de la ley Nº 3011 sancionada en 1934 durante el gobierno del Dr. Luis Lorenzo Etchevehere, y por la cual se crea el “Seguro de Vida Solidario” para los agentes de la administración provincial, recordó el diputado en la iniciativa que tiene el acompañamiento de sus pares de bancada.

“El artículo 6º vio suprimida en su segundo párrafo la expresión “sin perjuicio de la legítima de los herederos forzosos” a través del artículo 4º de la ley 6296. Ahora propiciamos modificarlo con la agregación de la expresión “previa notificación en los respectivos domicilios”. Ello así, se introduce la obligación de la administración pública de notificar al o a los beneficiarios instituidos en sus respectivos domicilios como una manera de evitar la falta de percepción, en algunos casos, por falta de conocimiento del carácter de beneficiario del seguro, extremo que se da generalmente cuando al darse la institución, el beneficiario es una persona de escasa edad”, concluyó el la fundamentación.

FUENTE:
RECINTONET.COM