[24-4-15] El abogado, constitucionalista y actual diputado nacional por la UCR de Entre Ríos, Dr. Jorge Marcelo D'Agostino, publicó en su sitio web, una nota de opinión al respecto de la reciente denuncia sobre trata de personas, en la que está involucrado el hijo del Gobernador Urribarri y otros altos funcionarios.

La nota dice textualmente:

El público y notorio caso de trata de personas, prostitución y drogas generado en la Ciudad de Concordia, Entre Ríos, dado a conocer por la prensa nacional y especialmente por la difusión dada por la reconocida hermana Pelloni, de indiscutida trayectoria de lucha contra la trata desde el caso “María Soledad” en Catamarca, involucra a dos funcionarios públicos entrerrianos.

El Senador y Presidente del Bloque del FpV Enrique Cresto y el Secretario de la Cámara de Senadores Mauro Urribarri hijo del Gobernador y candidato a Presidente de la Nación, tienen la obligación constitucional de denunciar a quienes los imputaron y habilitar la intervención de la justicia abriendo a la más amplia prueba para vindicarse.

Es lo que determina la Constitución Provincial en su Artículo 39: El funcionario o empleado público, a quien se impute delito cometido en el desempeño de sus funciones, está obligado a acusar para vindicarse bajo pena de destitución.

Si bien puede entenderse que la norma refiere a situaciones de acusaciones en el desempeño de funciones que los propias al cargo, no es tan acotado y queda claro que el modo y la situación planteada, deja al descubierto un supuesto abuso del temor reverencial y utilización de lugares de preferencia para que los hechos, supuestos delitos se concreten, por lo tanto, Cresto y Urribarri tienen una sola actitud que tomar: denunciar y facilitar todos los medios a su alcance para limpiar su nombre, con todas las pruebas que puedan aportar, como las que la investigación judicial lleve adelante. De lo contrario, deben ser destituidos.

Muy importante fue la discusión dada en la Convención respecto a este tema y los únicos exentos de ser denunciados si acusan a un funcionario, son los periodistas, que están protegidos por el secreto de sus fuentes, por el ejercicio de la libertad de expresión y libertad de prensa, derechos superiores que los periodistas no pueden ver obstruidos, frente a la prevención de no difundir la noticia para no ser denunciados.

No es el caso de la Sra de Escobar, madre de una de las supuestas 10 niñas sometidas a vejámenes y violaciones de sus derechos humanos ni de la hermana Pelloni que carecen de la protección antedicha.

El estado de derecho debe funcionar así, y esa es la razón de la norma constitucional, para que ningún funcionario representante del pueblo o no, quede bajo sospecha permanente, que hiera su honorabilidad. De allí surge la obligación de denunciar establecida para quienes tienen a su cargo la representación del pueblo y la administración de los bienes de los entrerrianos.

FUENTE:
JORGE D'AGOSTINO - Dip Nacional por la UCR de Entre Ríos