Los Concejales de la UCR se opusieron al sistema de contratación directa para la realización de obras en la ciudad de Crespo (es decir sin llamar a licitación). Justificaron su posición, porque en el proyecto de ordenanza no se fundamenta la urgencia o necesidad y tampoco especifica o detalla las obras a realizarse, con lo cual se estaría otorgando al Ejecutivo Municipal un cheque en blanco para comprar en forma directa lo que desee.

El gobierno nacional desde el Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Públicos ha implementado un Sistema Nacional y centralizado, para la realización de pequeñas obras públicas en las ciudades y pueblos del país, llamado MAS CERCA, MAS MUNICIPIO, MEJOR PAÍS, MAS PATRIA. El plan si bien favorece a los municipios es de neto corte político-electoralista. Deben ponerse en funcionamiento y en forma rápida antes del 11 de Agosto, gran cantidad de pequeñas obras en todo el país.

La Provincia de Entre Ríos, a través de a Ley Provincial Nº 10198, implementó un sistema de EXCEPCIÓN, que autoriza a los Municipios y Juntas de Gobierno a contratar en forma directa, sin necesidad de justificar el motivo de la urgencia o la necesidad.

En Crespo, el Intendente Robles promovió la sanción de una ordenanza cuyo modelo es remitido desde la provincia, donde prácticamente se intenta violar el sistema normal de compras establecido en la Ordenanza 53/96 que regula el sistema de contrataciones en el ámbito municipal.

Resulta inaceptable que no se utilicen los mecanismos normales de contratación, incumpliendo con la normativa provincial o municipal y el principio de transparencia en la contratación para evitar de esta manera la sospecha de favoritismo en la concesión de la obra.

El proyecto está totalmente incompleto, y para ser tratado debió contener algunos requisitos indispensables:

- En la ordenanza en tratamiento debió detallarse claramente, cuál o cuáles son las obras o servicios que se pretenden realizar por contratación directa;debiendo expresar la cantidad de unidades y el lugar donde se hará la obra, de manera tal que pueda establecerse la urgencia de su realización.

- Fundamentarse la excepción, de por qué no se realiza la licitación que correspondiere, y esa excepción solo puede basase en… “cuando trabajos de urgencia reconocida,o circunstancias imprevistas, demandaren una pronta ejecución que no permita esperar el resultado de una licitación pública, o se trate de aquellos que sean necesarios para la satisfacción de servicios de orden social de carácter impostergable.” O que existen probadas razones de urgencias no previsibles tales como catástrofes sociales, económicas o sanitarias y no sea posible aplicar otro procedimiento y que su realización resienta seriamente el servicio, o mediante situación de emergencia en el territorio provincial o parte de él.

Al no conocerse las obras, mal podríamos establecer que tienen urgencia, que hay circunstancias imprevistas, o se trata de servicios impostergables, o derivados de urgencias no previsibles, catástrofes sociales, económicas o sanitarias. Así se queda sin justificativo la pretensión de obviar los sistemas normales de contratación como lo son las licitaciones, expresó el concejal Pusineri.

Los Concejales Radicales dejaron bien en claro, quede ninguna manera se oponen a la realización de obras en nuestra ciudad, con fondos provenientes de la Nación. Lo que no pueden aceptar es que las mismas sean realizadas sin el proceso normal de competencia de precios, por que en tal caso la falta de transparencia transforma el proceso se compra en el favoritismo para amigos del poder, circunstancia que ya se advierte en el sistema de Tercerizaciones que está empleando el municipio para la realización de servicios.

FUENTE:
UCR-CRESPO